Nueva reglamentación sobre pirotecnia en la Ciudad de Buenos Aires

Nueva reglamentación sobre pirotecnia en la Ciudad de Buenos Aires

Nueva reglamentación sobre pirotecnia en la Ciudad de Buenos Aires

La normativa, impulsada por la Legislatura porteña y reglamentada por el Poder Ejecutivo local, establece una serie de restricciones y obligaciones específicas destinadas a disminuir los efectos adversos de la pirotecnia sonora, particularmente sobre grupos vulnerables como niños, adultos mayores, personas con trastornos del espectro autista y mascotas.

Una de las principales novedades es la prohibición del uso de pirotecnia sonora en espacios públicos y privados de la Ciudad, salvo en espectáculos autorizados por la autoridad competente. La denominada “pirotecnia silenciosa", que produce efectos visuales sin estruendo, queda permitida siempre que cumpla con las condiciones de seguridad técnica y de comercialización establecidas.

La nueva reglamentación también fija requisitos estrictos para la venta y exhibición de artículos pirotécnicos. Los comercios habilitados deben contar con una licencia especial, cumplir con normas de almacenamiento seguro y garantizar que los productos que ofrecen cuenten con certificación de calidad y origen. Esta medida busca evitar la comercialización de productos clandestinos o de dudosa procedencia, que suelen ser más peligrosos y estar asociados a accidentes graves.

En materia de responsabilidad, la normativa establece sanciones administrativas para quienes incumplan las disposiciones. Las multas pueden ser significativas y están acompañadas de la posibilidad de clausura temporal o definitiva de los establecimientos que no respeten los requisitos de habilitación o que vendan productos prohibidos. Estas sanciones se suman a las responsabilidades civiles que pueden surgir frente a terceros dañados por el uso indebido de pirotecnia.

Desde una perspectiva del derecho civil, es importante destacar que la regulación local no exime a las personas o entidades de su obligación de reparar los daños causados por su conducta. Si, por ejemplo, un vecino utiliza pirotecnia sonora en contravención de la normativa y provoca lesiones a otra persona o daños materiales, la víctima puede iniciar una acción civil por responsabilidad extracontractual para reclamar una indemnización. En estos casos, la infracción de una norma de seguridad se interpreta como un indicio de falta de diligencia, facilitando la acreditación de la conducta culposa.

La reglamentación porteña se inscribe dentro de una tendencia más amplia de las jurisdicciones locales de adoptar medidas destinadas a proteger la salud pública y el bienestar social, equilibrando el ejercicio de libertades individuales con la obligación de evitar daños previsibles a terceros. Este equilibrio es un principio básico del derecho civil moderno: nadie puede exponer a otros a riesgos innecesarios en nombre de una celebración o entretenimiento personal.

La aplicación de la nueva normativa requiere un proceso de educación y difusión, tanto para comerciantes como para el público en general, con el fin de que se comprendan los alcances de las prohibiciones y las opciones permitidas, como la pirotecnia silenciosa certificada. Asimismo, las autoridades deberán monitorear el cumplimiento y aplicar las sanciones correspondientes cuando corresponda, brindando herramientas de denuncia a los ciudadanos.

Además de las sanciones administrativas y la responsabilidad civil, la normativa también habilita a las autoridades a requerir la intervención de fuerzas de seguridad o del cuerpo de bomberos cuando se detecten infracciones que pongan en riesgo la integridad física de las personas. Esto subraya la consideración de la pirotecnia como una actividad potencialmente riesgosa, cuya regulación no solo es deseable, sino necesaria para la convivencia social.